- MANUAL DE DERECHOS INTELECTUALES
“Guía Práctica sobre Derechos Intelectuales en Hotelería y Gastronomía”, elaborado por FEHGRA . Dicho documento contiene información sobre las entidades recaudadoras de Derechos Intelectuales a las que el sector tributa, informando a quiénes representan así como también los convenios vigentes a nivel nacional.
Descargar aquí: Manual Derechos Intelectuales – 2017
- DECRETO 600/2019
Decreto 600/2019: dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, regula el cobro de aranceles en concepto de derechos de autor en los establecimientos hoteleros en todo el país.
Resolución Conjunta del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Secretaría de Gobierno de Turismo: reglamenta la implementación del decreto 600/2019.
Descargar documentos aqui:
- ACUERDO AADI CAPIF – FEHGRA // Rama Hotelera y Gastronómica.
AADI-CAPIF A.C.R. está integrada por la Asociación Argentina de Intérpretes (AADI) y la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF)
Es la asociación Argentina que representa a los artistas intérpretes y a los productores de fonogramas, tanto nacionales como extranjeros, en la percepción y administración de los derechos correspondientes por la ejecución pública de fonogramas.
Su legalidad también emana de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual y es por ley 23.921 y Decretos 1670/74- que se reconoció el derecho de la Asociación Argentina de Interpretes y la Cámara Argentina de Reproductores Fonográficas, a percibir Aranceles por medio de la Asociación Recaudadora nacida de la fusión de ambas (AADI-CAPIF Asociación Civil Recaudadora).
El monto de los Aranceles, los determina la Secretaria de Medios de Comunicación, mediante la Resolución 390/2005 actualmente vigente.
F.E.H.G.R.A. también ha logrado beneficiar a los Empresarios Hoteleros del Sector con aranceles diferenciados, producto del Acuerdo Marco firmado con fecha 12 de Diciembre de 2007.
Con fecha 19 de Febrero de 2014 se firmó el Acuerdo para la Rama Gastronómica, mediante el cual se prevé el régimen arancelario para los años 2014, 2015 y 2016.
Descargar acuerdo rama hotelera aquí: AADI CAPIF RH
Descargar acuerdo rama gastronómica aquí: Acuerdo AADI-CAPIF – FEHGRA RG
- ACUERDO AADI – CAPIF – AEHGB
Descargar el acuerdo haciendo click aquí: AADI CAPIF AEHGB
AADI CAPIF y la AEHGB suscribieron un convenio cuyo objeto era establecer la forma de pago de los aranceles que los titulares de explotaciones comerciales hoteleras y gastronómicas, asociadas a la AEHGB, adeudaban a AADI CAPIF y el régimen arancelario futuro.
ADENDA Convenio AADI CAPIF AEHGB 2019
- ACUERDO DAC
DAC – Asociación General de Directores Autores Cinematográficos y Audiovisuales
Es la misma Ley 11.723 la que da la legalidad a esta Entidad a la percepción de Aranceles por cualquier tipo de explotación, utilización, puesta a disposición interactiva o comunicación al público en cualquier forma, de sus obras fijadas en grabaciones u otros soportes audiovisuales.
DAC nació en el año 1958 como resultado de la fusión de las dos entidades que, hasta ese momento, representaban a los directores de cine argentinos – la Sociedad Argentina de Directores Cinematográficos (SADIR), y la Agrupación de Directores de Películas (ADP).
Por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 124/09- se reconoció el derecho a la Asociación General de Directores Autores Cinematográficos y Audiovisuales (D.A.C.) la representación de los directores cinematográficos y de obras audiovisuales, para percibir Aranceles por la difusión pública de sus obras y la Resolución 61/2010 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, estableció el listado Arancelario.
Con fecha 28 de Mayo de 2012 F.E.H.G.R.A. luego de un intenso trabajo firmó el Acuerdo Marco estableciendo una tarifa diferencial para los Empresario de la actividad (Hoteleros y Gastronómicos).
Descargar aquí: fehgra_dac_original (1)
- TARIFAS SADAIC 2018
SADAIC- Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música
La Ley 11.723 de Propiedad Intelectual, entre sus diversas disposiciones, establece que las obras artísticas protegidas comprenden las composiciones musicales, y que el derecho de propiedad de una obra artística comprende, para su autor, la facultad de disponer de ella.
Por ley 17.648 se reconoce a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) como asociación civil representativa de los creadores de música.
Por Decreto 5146/69- se reglamentó los derechos económicos de los autores musicales y la determinación de sus Aranceles.
F.E.H.G.R.A. hace años que viene trabajando para lograr un Acuerdo Marco con esta Entidad, fijando aranceles razonables para la Actividad pesar del esfuerzo realizado hasta la fecha no se ha podido concretar este objetivo.
Si se ha logrado es una medida administrativa dictada por la «Comisión Nacional de Defensa de la Competencia“,de Fecha 26/04/2010. (Expte. Nº S01: 0427368/09). Manifestando el Abuso de posición dominante por parte de esta entidad, determinando las actuaciones una auditoria general administrativa a SADAIC, si bien esta resolución fue apelada por SADAIC, el proceso continua y se encuentra a la espera de la Resolución Final. Durante esta coyuntura legal algunas filiales de la FEHGRA (Mar del Plata, Villa Carlos Paz y Cuyo) se han visto obligadas por la situación legal a realizar acuerdos locales para dar amparo a sus afiliados, hasta tanto se logre la respuesta definitiva por parte de la CNDC.
Descargar último convenio aquí: Tarifas-Convenio-SADAIC-2018
- ACUERDO AEHGB Y SADAIC SEPTIEMBRE DEL 2013
Descargar aquí: Acuerdo Asoc. Htles Bche. y Sadaic Sep 2013
- ACUERDO FEHGRA y ARGENTORES: Valores para el año 2019
Descargar aqui: Convenio FEHGRA ARGENTORES 2019
- ACUERDO SAGAI – FEHGRA
SAGAI es la Asociación Civil sin fines de lucro que gestiona y administra colectivamente los derechos de propiedad intelectual de actores, bailarines y dobladores. Sus socios fundadores constituyeron esta entidad para hacer efectivo el derecho de propiedad intelectual reconocido en la ley 11.723 desde 1933.
Es el Decreto 1914/2006 que reconoce a la Sociedad Argentina de Gestión de Actores- Interpretes- Asociación Civil (S.A.G.A.I.) la representación de los artistas- interpretes y a percibir un Arancel que determinaría la Secretaría de medios de Comunicación, la que dictó la Resolución 181/2008 que los estableció.
F.E.H.G.R.A. ha firmado un Acuerdo Marco con las autoridades de S.A.G.A.I. con fecha 19 de Septiembre de 2012 el cual beneficia a los Empresarios del Sector fijando aranceles diferenciados.
Descargar el acuerdo aquí: ACUERDO. SAGAI Y FEHGRA 2018